En México, las percepciones de nómina son los pagos que un empleador realiza a un trabajador como contraprestación por sus servicios.
En este artículo, revisaremos cuáles son las percepciones de nómina que integran el salario de los trabajadores en México y qué aspectos deben tener en cuenta las empresas y los líderes de recursos humanos al respecto.
Las percepciones de nómina son los pagos que las empresas deben realizar a sus trabajadores de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y otras disposiciones legales y fiscales de México.
Estas percepciones son parte integral del salario de los colaboradores y se deben registrar y reportar correctamente en la nómina en conceptos como puede ser el tiempo extra o la prima dominical, entre otros.
Es importante diferenciar las percepciones de las deducciones de nómina, que son las retenciones que se realizan al salario bruto para calcular el salario neto que finalmente recibe el trabajador.
La LFT establece —en el capítulo V, en los artículos que van desde el 82 al 89— que el salario es la remuneración que un trabajador recibe por su trabajo.
Allí se garantiza que este no debe ser menor al salario mínimo fijado por ley. Asimismo, protege una remuneración equitativa en función de los puestos, jornadas y condiciones de trabajo, entre otras disposiciones.
El aguinaldo, según el artículo 87 de la LFT, es una prestación anual equivalente a 15 días de salario mínimo y debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.
Los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicios tienen derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo, independientemente de si están laborando o no en la fecha de su liquidación.
Actualmente, existe una propuesta de reforma para incrementar el pago del aguinaldo a un mínimo de 30 días, la cual se encuentra en revisión en el Senado de la República.
En los artículos 76 al 79 y 81 de la LFT se establece que el periodo mínimo de vacaciones es de 12 días laborables. Este periodo de descanso no se puede compensar con remuneración, y si se termina la relación laboral antes de 1 año, el trabajador recibe un pago proporcional.
Además, los colaboradores tienen derecho a una prima vacacional del 25% adicional a su salario durante el periodo de vacaciones.
Según la legislación mexicana, el tiempo de trabajo extraordinario debe pagarse con al menos el 100% sobre el salario.
Asimismo, no puede exceder de 3 horas por día ni más de 3 días a la semana. Si el trabajador excede las 9 horas a la semana, se debe pagar al 200% por hora adicional (hora doble).
Cuando un colaborador trabaja en su día de descanso semanal o en un día festivo, tiene derecho a recibir un pago adicional, según los artículos 69 a 73 de la LFT.
Por el momento —mientras continúa en discusión la reforma a la jornada laboral— el día de descanso semanal consiste en 1 día libre con salario íntegro por cada 6 días de trabajo.
Los trabajadores que laboran en domingo tienen derecho a recibir un pago adicional del 25% sobre su salario base.
Esta prima dominical es un porcentaje adicional que se otorga por trabajar en un día que normalmente sería de descanso, reconociendo así su esfuerzo y la disponibilidad.
Según el artículo 117 de la LFT, los trabajadores tienen derecho a recibir un porcentaje de las utilidades de la empresa.
Este beneficio es establecido por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa, reconociendo la contribución de los colaboradores al éxito y la rentabilidad de la organización.
Además de las percepciones de ley, existen otras percepciones que pueden formar parte del salario de un trabajador:
Pueden ser el bono de productividad, los premios de asistencia, bonos de puntualidad, comisiones sobre venta, la ayuda para renta y colaboración para transporte y despensa.
Algunas empresas ofrecen beneficios adicionales para mejorar la calidad de vida de sus trabajadores, como seguros de gastos médicos menores y mayores, vales para restaurantes, vales de gasolina, lentes, uniformes, becas, ayuda por fallecimiento y útiles escolares.
Finalmente, las organizaciones pueden ofrecer prestaciones adicionales no establecidas en la legislación de México, las cuales pueden mejorar su posición en el mercado laboral. Estas pueden ser comedores, guarderías, gimnasios, automóvil y descuentos en empresas aliadas.
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