El sistema previsional chileno experimentó una transformación significativa con la promulgación de la Ley 21.735, publicada en el Diario Oficial el 26 de marzo de 2025.
Esta legislación introduce un nuevo sistema mixto de pensiones que combina la capitalización individual con elementos de solidaridad, con el objetivo de mejorar las jubilaciones actuales y futuras, pero también modifica de forma directa el rol de los empleadores en el sistema previsional.
La implementación de esta reforma se llevará a cabo de manera gradual, con diversas etapas programadas en los próximos años. El propósito es fortalecer la seguridad económica de los jubilados, reducir las brechas de género y garantizar pensiones más dignas para todos los chilenos.
A continuación, profundizaremos en los principales cambios que trae esta ley, su impacto en los beneficiarios y las obligaciones de las empresas a raíz de estos cambios.
¿De qué trata la reforma previsional y a quiénes beneficia?
La reforma tiene como objetivo mejorar las pensiones con cambios claves en la Pensión Garantizada Universal (PGU), nuevas bonificaciones y una mayor participación del empleador en las cotizaciones.
Los puntos centrales de la reforma incluyen:
- Aumento de la PGU, beneficiando a los jubilados de menores ingresos, así como pensionados actuales y futuros.
- Beneficio por año cotizado, incentivando la continuidad en el mercado laboral.
- Compensación para mujeres, para reducir la brecha de género en las pensiones.
- Incremento progresivo en la cotización, mediante la cotización adicional a cargo del empleador, que incrementará los ahorros previsionales de los trabajadores activos.
Nueva cotización del 8,5% con distribución escalonada
Uno de los puntos centrales es la nueva cotización adicional del 8,5% de la remuneración imponible del trabajador, de cargo exclusivo del empleador. Esta se distribuirá de la siguiente forma:
- 4,5% para la cuenta individual en la AFP.
- 1,5% para un fondo con rentabilidad protegida.
- 2,5% para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
- 2,5% para un Seguro Social dirigido a mujeres con mayor expectativa de vida.
Plazos de implementación: ¿qué deben considerar las empresas?
El aumento en la cotización previsional se implementará de manera progresiva a lo largo de 9 años, con un incremento escalonado que distribuirá los aportes entre distintas áreas del sistema, comenzando en el quinto mes tras la publicación de la ley.
Otros cambios clave que requieren atención:
- Aumento gradual de la PGU a $250.000, según la edad del beneficiario.
- Extensión del Seguro de Lagunas a más beneficiarios del Seguro de Cesantía.
- Facilidades para trabajadores independientes, con convenios automáticos de cotización.
- Licitación del 10% de los afiliados para que sean administrados por la AFP con menor comisión.
- Fin de los multifondos: Se reemplazan por Fondos Generacionales, donde ya no será posible cambiarse de fondo.
Tabla resumen de implementación de la reforma
Fecha |
Cambio principal |
Mayo 2025 |
Extensión del Seguro de Lagunas Previsionales. |
Agosto 2025 |
Inicio del aumento de la cotización del empleador (1%). |
Septiembre 2025 |
Aumento de la PGU para pensionados de 82+ años. |
Enero 2026 |
Pago del Beneficio por Años Cotizados y Compensación a Mujeres. |
Septiembre 2026 |
Aumento de la PGU para pensionados de 75+ años. |
Septiembre 2027 |
Aumento de la PGU para pensionados de 65+ años. |
Agosto 2027 |
Primera licitación del stock de afiliados en AFP. |
Se crea un Seguro Social Previsional
Este seguro será administrado por el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) y cubrirá a todos los trabajadores dependientes. Aquí el detalle de los beneficios:
- Bono por años cotizados: A partir de los 65 años, quienes hayan cotizado al menos 10 años (mujeres) o 20 años (hombres) recibirán un bono mensual de hasta 2,5 UF.
- Bono de seguridad previsional: Asociado a la cotización con rentabilidad protegida. Será heredable, intransferible y con garantía estatal.
- Compensación por expectativa de vida para mujeres: Las afiliadas mayores de 65 años recibirán un monto mensual adicional que no podrá ser inferior a 0,25 UF.
Aspectos tributarios y obligaciones para los empleadores
Además de los cambios en el sistema de pensiones, la reforma incorpora ajustes en el ámbito tributario y en las obligaciones del empleador respecto a la cotización adicional:
Tratamiento tributario de la nueva cotización
La cotización adicional será ingreso no renta para los trabajadores, lo que significa que no se considerará parte de su base imponible. Para las empresas, este monto podrá deducirse como gasto, lo que ayuda a mitigar el impacto financiero del incremento en los aportes.
Pago de cotizaciones durante licencias médicas
Durante las licencias médicas, el empleador deberá seguir aportando el 2,5% correspondiente al SIS y a la seguridad social para mujeres. Sin embargo, la cotización adicional del 4,5% destinada a las cuentas individuales en las AFP será responsabilidad de las entidades pagadoras del subsidio.
Término de la obligación de cotizar
Los empleadores quedarán exentos de pagar la cotización adicional una vez que el trabajador cumpla 65 años o decida jubilarse, según lo que ocurra primero. Esto reduce la carga previsional sobre las empresas respecto a los colaboradores que ya han cumplido su ciclo laboral.
En resumen, la reforma previsional trae consigo mayores responsabilidades para las empresas, pero también nuevas oportunidades para fortalecer su rol social, atraer talento y demostrar compromiso con la equidad y el bienestar de sus colaboradores.
Para las organizaciones en Chile, adaptarse a estos cambios garantizará una transición más fluida y un cumplimiento efectivo de la nueva normativa.
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