En el ámbito laboral peruano, la liquidación de beneficios sociales es un proceso crucial que debe llevarse a cabo cuando ocurre el cese de la relación laboral entre un colaborador y su empleador.
Entender cómo calcular correctamente estos beneficios es importante porque garantiza un proceso justo y transparente para finalizar el contrato de trabajo.
Vamos a explorar los pasos necesarios para calcular la liquidación de beneficios sociales de tus trabajadores.
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El primer paso en el proceso de liquidación es identificar los beneficios sociales a los que tiene derecho el trabajador. Se deben incluir todas las compensaciones y prestaciones a las que tiene derecho de acuerdo con la normativa laboral y el contrato de trabajo.
Estos beneficios sociales se entregan tanto si el colaborador renuncia por decisión propia o la empresa decidió cesarlo de sus funciones, y son los siguientes:
1. Compensación por Tiempo de Servicio (CTS): la CTS trunca se calcula sumando el sueldo mensual del colaborador, más ⅙ de la gratificación, más la asignación familiar, este resultado se divide entre 12 y se multiplica por el número de meses trabajados pendientes de pago de CTS. La fórmula es la siguiente:
Remuneración + 1/6 de la gratificación + asignación familiar = resultado/12 x meses laborados = CTS trunca
2. Vacaciones no gozadas: los colaboradores tienen derecho a 30 días de vacaciones por un año de trabajo. Para calcular las vacaciones no gozadas, se debe multiplicar el salario diario del trabajador por el número de días de vacaciones no disfrutadas.
3. Gratificaciones trunca: el colaborador tiene derecho a dos gratificaciones que las empresas pagan en julio y diciembre de cada año, las cuales equivalen a una remuneración completa si es que este ha trabajado el semestre correspondiente al cálculo del beneficio.
Si se produce el cese laboral antes de que cumpla el semestre, deberás abonar una gratificación proporcional equivalente a un sexto de cada mes del calendario completo del semestre. La fórmula es la siguiente:
Remuneración / 6 X N.º de días laborados = gratificación trunca
Una vez calculados todos los beneficios sociales correspondientes, se suma el total para obtener la liquidación final del trabajador. Además, la empresa debe emitir un documento de liquidación detallando todos los beneficios sociales calculados y el monto total a pagar, el cual debe ser firmado por ambas partes y es un requisito legal en Perú.
Es importante recordar que la liquidación debe ser pagada en un plazo máximo de 48 horas posteriores al término del vínculo laboral. Si no se cumple con el tiempo establecido, se generan intereses y, además, es considerado como una falta grave ante una inspección laboral.
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Adicionalmente, si la empresa despide arbitrariamente al colaborador, es decir, da por resuelto o extinguido el vínculo laboral cuando no existe una causa prevista en la normativa que fundamenta el despido, según la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (D.L. 728), el trabajador tiene derecho al pago de una indemnización como reparación por el daño sufrido.
Para el cálculo correcto de la indemnización que recibirá el colaborador, se debe tomar en cuenta si este tiene un contrato permanente o a plazo fijo. Por ello el cálculo se realizará de la siguiente manera:
Si un colaborador tiene un contrato permanente, a plazo indeterminado o indefinido, el monto de la indemnización equivale a una remuneración y media ordinaria mensual por cada año completo de servicios. Tomando en cuenta que recibirá un máximo de 12 remuneraciones, mientras que las fracciones de año se abonan por dozavos y treintavos.
Por ejemplo, si un colaborador trabajó por 5 años, ganando un sueldo de S/.2,500, primero se calcula el tope máximo de remuneración, multiplicando el último sueldo por 12:
Ahora se debe calcular la indemnización que recibirá el colaborador:
La compensación económica equivaldrá a una remuneración y media ordinaria mensual por cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato, con un máximo de 12 remuneraciones.
Por ejemplo, hagamos el cálculo de un colaborador que gana S/,2,500 y le quedaban 3 meses para que finalizara su contrato de trabajo. En este caso primero se debe calcular el tope máximo de liquidación que recibirá:
Ahora, se calcula la indemnización:
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